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Salario mínimo 2023 Colombia

SMLV 2023

Si bien es cierto que el 2022 fue un año de altibajos pronunciados, el 2023 propone cambios tanto para empresarios como empleados; y claro, la primera decisión del año es el aumento del salario mínimo colombiano 2023.

Después de una pandemia donde algunas empresas tuvieron que pausar su movimiento, otras encontraron en éste tiempo, un motor que impulsó su misión y los puso más cerca del cumplimiento de su visión y momento de cambio político que genera inquietud y la mirada del mundo entero, se afronta una realidad de lo único constante que existe que es el cambio

El salario es un acuerdo  o una alianza entre trabajadores y empleadores que enfrentan una nueva realidad, adaptándose a un nuevo  orden , a una nueva forma de vida, de trabajo, de convivencia, con un modo de vida diferente, claro, haciendo honor a la constancia del cambio que caracteriza la vida, con la metamorfosis de normalidad a la que sutilmente tiende a rechazarse, pero que ha estado presente siempre, desde los cazadores y recolectores en el Paleolítico y Mesolítico, pasando por la era agrícola en  el  Neolítico hasta nuestros días, el cambio siempre ha estado presente, y el nuestro tiempos, por ejemplo el 2020 mostró como éstos cambios pueden transformar en un abrir y cerrar de ojos, una realidad que parecía estable y verdadera.

El cambio que siempre ha estado presente en la sociedad actual colombiana, es el aumento del salario mínimo, establecido por la ley 5 de 1964, siendo efectiva en el 1949 con el decreto 3871 con dos pesos diarios como valor acordado.

Sin embargo, en sus comienzos el salario mínimo tuvo variaciones por sectores, por zona del país, por tamaño de la empresa entre otros; pero la consolidación del salario mínimo no fue hasta el año 1983 con el decreto 3506 con un valor de $9.261 mensuales; el cual ha ido aumentando año a año.

El salario mínimo de cada año es determinado por un acuerdo de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, la cual es tripartita:

  1. Representación del gobierno: El Ministro del Trabajo, el Ministro de Hacienda y Crédito Público, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, el Ministro de Agricultura y el director del Departamento Nacional de Planeación

2.  Representación de trabajadores: Son 3 representantes designados por las confederaciones sindicales, un representante de desempleo y uno de pensionados

3.  Representación de los empleadores: Cinco representantes de diferentes gremios, designados por las asociaciones nacionales gremiales, de manera ponderada y de acuerdo a la participación de cada sector en el PUB y generación de empleo

El primer plazo para entregar una decisión es el 15 de diciembre y se utilizan dos parámetros para tomarla, parámetros económicos (IPC del año causado y proyección, PIB del año causado y proyección, productividad de los factores y productividad laboral, contribución de los salarios al ingreso nacional)  y parámetros jurisprudenciales ( Art. 25 C.P, Art. 53 C.P., Art. 333 C.P.  y Art. 334 C.P.)

Para determinar el salario mínimo en primer lugar se cita la subcomisión de productividad y se establece una metodología y cálculo de productividad, se suministra la información del PIB causado y proyectado, se suministra el dato de la inflación del año culminante y la proyección, suministrar el dato de la productividad total de los factores; se discuten propuestas; si al 15 de diciembre no se llega a un acuerdo, los representantes de trabajadores y de empleadores,  deben pasar las razones por las cuales no se llega a dicho acuerdo con un plazo máximo de 48 horas.

La representación gubernamental tiene 48 horas para analizarlas, y se reúnen de nuevo las 3 partes antes del 30 de diciembre.

Si el plazo se vence o definitivamente no se llega a un acuerdo el gobierno Nacional expide decreto de aumento del salario mínimo y del auxilio de transporte.

Para el año 2023 el salario mínimo quedó en 1.160.000 + auxilio de transporte de $140.606

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